Iva especial

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IVA especial

 

1-       El tratamiento más habitual del IVA es aquel que se aplica en función del artículo.  Los productos, en función del grupo tienen un tipo u otro de IVA. Esto se define en la tabla del artículo.

2-       Sin embargo nos encontramos que en determinadas ocasiones el IVA no depende del artículo, sinó del cliente.

 

El modo de proceder es el siguiente:

 

Primero, todos aquellos artículos susceptibles de ser vendidos a diferentes IVA (en función del cliente), deberemos indicar como código de IVA X  en la tabla de artículos. Todos aquellos artículos que tengan como código de iva X, en vez de 16 o 7, indica que ese artículo se venderá en función de lo que tenga definido el cliente en su ficha.

 Segundo, en la ficha del cliente deberemos indicar el Cód. de IVA que tiene.

Ventana Clientes

 

Indicaremos el Cód. de IVA que tenga el cliente:

En este punto recordar que Régimen Especial de IVA es para facturación en el extranjero, o para configurar el IVA que aparece cuando facturamos desde Cartera.

 

En tercer lugar nos podemos encontrar con que el  tipo de IVA dependa del cliente y del artículo. Si esto es así deberemos indicar como código de IVA X al artículo y también X en la ficha del cliente con lo que el programa tomará como IVA lo que indiquemos manualmente en la línea de albarán.

 

3-       Por último, si introducimos las facturas de clientes/proveedores desde Cartera, y queremos que aparezca el IVA en función de lo que el cliente/ proveedor tenga en su ficha, deberemos configurar: a) Régimen Iva especial   b) Código de IVA: el que corresponda al cliente /proveedor.